¿Cuáles son los distintos tipos de órdenes de protección?

A Orden de protección del Tribunal de Familia es un asunto civil (no penal) por el que alguien busca protección contra otra persona que considera que le ha hecho daño o ha amenazado con hacérselo. La persona que busca la protección se llama "demandante" y el acusado "demandado".

Para que este tipo de orden sea aplicable, el demandante y el demandado deben

  • ser cónyuges actuales o anteriores;
  • tener un hijo juntos;
  • tener parentesco por consanguinidad o afinidad; o
  • tener una "relación íntima", que es determinada por el tribunal y no tiene por qué ser una relación sexual.

Estas órdenes de protección, como todos los procedimientos del Tribunal de Familia, son confidenciales.

A orden de protección de un tribunal penal sólo se aplica a una persona acusada de un delito. Se dicta como condición para la puesta en libertad del acusado. La presunta víctima se llama "testigo denunciante" y el acusado se llama "acusado". No es necesario que exista relación alguna entre el testigo denunciante y el acusado para que se dicte este tipo de orden.

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- A.S.