¿Debo contratar a un abogado para la comparecencia?

En el Suffolk County, los jueces pueden procesar a personas por delitos graves sin que las represente un abogado. En el Nassau County, los abogados asignados a los juzgados de instrucción de cargos suelen ser abogados a tiempo parcial, recién licenciados. En New York City, los abogados de oficio asignados a los juzgados de instrucción de cargos suelen tener más experiencia, pero con cientos de casos al día, puede resultarles difícil prestar al caso de su amigo o ser querido la atención que merece.

Si el abogado de la comparecencia no sabe lo que está haciendo o no puede dedicar el tiempo necesario a informarse sobre el caso de su amigo o ser querido, ¿qué probabilidades hay de que pueda argumentar ante el juez a favor de una fianza baja o nula?

En otras palabras, ¿qué probabilidades hay de que vea a su ser querido en casa esa noche o en la cárcel al día siguiente? Si la comparecencia va mal, podría estar visitando a su ser querido en la cárcel durante meses, porque una vez fijada la fianza, es muy difícil conseguir que la rebajen más adelante.

Si usted tiene la posibilidad de contratar a un abogado, ese abogado debe estar allí en la lectura de cargos, sin lugar a dudas.

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Justo cuando me estaba desanimando y estaba al final de mi ingenio tratando de encontrar el abogado adecuado para mi caso, un miembro de la familia recomendó el Sr. Brill. Él no decepcionó. Sr. Brill y su equipo son diligentes, muy profesional, alentador y honesto en cada paso del camino. Altamente recomendado.

- A.S.