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NYC Abogado Penalista Explica los Cambios en el Descubrimiento del New York
Defensa Penal
New York los casos penales suelen pasar por una serie de etapas iniciales. Algunas de estas etapas incluyen la detención, la acusación, las conferencias, el descubrimiento, las mociones y, en algunos casos, el juicio y luego las apelaciones. Una parte crucial del proceso penal incluye el descubrimiento.
El artículo 245 de la LPC regula la proposición de prueba en Nueva York. Artículo 245 de la LPC afectan a varios aspectos del proceso de descubrimiento, y estas enmiendas pueden afectar a un caso desde el principio. Además, las infracciones de las normas de descubrimiento pueden crear oportunidades para los equipos de defensa. Sin embargo, los abogados penalistas deben detectar los problemas a tiempo y con claridad, y presentar una objeción convincente y viable.
Si usted ha sido arrestado, acusado o acusado de un delito, no debería tener que pasar por el proceso solo. Póngase en contacto con un experimentado New York abogado de defensa criminal en el Brill Legal Group, P.C. hoy mismo para conocer sus opciones.
¿Qué es la Ley del Descubrimiento?
Las recientes modificaciones de la ley de descubrimiento del New York abordan la diligencia debida, los plazos y las mociones. Por ejemplo, las enmiendas hacen algunas cosas importantes:
- Exigir a los tribunales que se centren en si la fiscalía actuó con la debida diligencia y buena fe;
- Exigir que las impugnaciones de certificados se planteen mediante moción en un plazo de 35 días;
- Ordenan a las partes que se pongan de acuerdo de buena fe antes de presentar peticiones; y
- Indicar a los tribunales que consideren la totalidad de los esfuerzos de la acusación.
Estos cambios pueden influir en la trayectoria de un caso penal NY.
¿Qué es un Certificado de Conformidad?
N.Y. Crim. Proc. Law § 245.50(1) rige el certificado de conformidad. Se trata de la presentación que hace la fiscalía después de haber ejercido la diligencia debida, actuado de buena fe, realizado indagaciones razonables y revelado pruebas descubribles.
Además, el estatuto exige a la acusación que identifique los elementos que debían revelarse pero no pudieron. Esencialmente, el certificado indica al tribunal y a la defensa que la acusación considera que ha cumplido sus obligaciones de revelación de pruebas lo suficientemente bien como para seguir adelante.
Según N.Y. Crim. Proc. Law § 245.50(3), en general no se considera que la acusación esté preparada para el juicio con arreglo a CPL 30.30 hasta que haya presentado un certificado de conformidad válido. Esa conexión entre la presentación de pruebas y la preparación sigue siendo un importante punto de presión tanto en los casos de delitos menores como en los de delitos graves.
¿Qué es la Ventana del Reto de 35 Días NYC?
En N.Y. Crim. Proc. Law § 245.50(4), Por lo general, la impugnación de la validez de un certificado de cumplimiento o de un certificado complementario debe plantearse mediante una petición dentro de los 35 días siguientes a la notificación cuando la fiscalía ya ha presentado una acusación o información (véase § 245.50(4)(b)(i)).
Obsérvese que § 245.50(4)(c) exige por separado que las impugnaciones de suficiencia se traten mediante moción ‘tan pronto como sea posible’, y preserva el derecho a presentar otras impugnaciones. El tribunal puede prorrogar el plazo de 35 días por causa justificada, y las impugnaciones pueden presentarse después del vencimiento del plazo si se basan en un cambio sustancial de las circunstancias.
Según N.Y. Crim. Proc. Law § 245.50(4)(b), una parte que tenga conocimiento de un posible defecto o deficiencia en un certificado de conformidad deberá notificarlo o alertar a la parte contraria tan pronto como sea posible. De conformidad con § 245.50(4)(c), las impugnaciones de la suficiencia de un certificado de cumplimiento se tratarán mediante moción tan pronto como sea posible, y nada de lo dispuesto en el artículo renuncia al derecho de una parte a presentar otras impugnaciones, incluida una moción de conformidad con CPL § 30.30.
Los registros deben comprobarse con prontitud, los elementos que falten deben señalarse rápidamente y la teoría en la que se basa cualquier impugnación debe ser específica. En circunstancias limitadas, todavía es posible argumentar fuera de plazo, aunque lo más seguro es tratar los plazos de presentación de pruebas como algo inmediato y serio.
Qué significa la diligencia debida en la nueva Ley NYC
La ley proporciona ahora a los tribunales un marco claro para evaluar la diligencia debida. En N.Y. Crim. Proc. Law § 245.50(5), El tribunal debe tener en cuenta la totalidad de los esfuerzos de la parte en lugar de evaluar el cumplimiento punto por punto.
La ley enumera factores como los esfuerzos realizados, el volumen de pruebas aportadas y aún pendientes, la complejidad del caso, la explicación de cualquier lapsus, cómo respondió la fiscalía cuando se le advirtió de un problema, si se corrigió la omisión y si el retraso perjudicó a la defensa o perjudicó la preparación del juicio.
Esa norma puede ser válida en ambos sentidos. En un caso, puede ayudar a la acusación a preservar un certificado a pesar de una revelación tardía. En otro, puede dar a la defensa una base más sólida para la reparación cuando el material omitido era significativo, evitable o perjudicial para la preparación del caso. Un examen cuidadoso del perjuicio sigue siendo importante. También lo es un expediente claro.
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Preguntas más frecuentes sobre los cambios en el descubrimiento de pruebas penales NYC
¿Significa un certificado válido que la lucha por el descubrimiento ha terminado?
No. La ley NY sigue permitiendo a los tribunales conceder reparaciones o sanciones por infracciones de la obligación de aportar pruebas.
¿Qué es un certificado complementario de conformidad?
Un certificado suplementario es la presentación que se utiliza cuando se aportan pruebas adicionales después del certificado original. Según N.Y. Crim. Proc. Law § 245.50(1) y (1-a), debe identificar el material adicional, y puede requerir que la fiscalía explique la base del retraso en la revelación.
¿Influyen las reglas de descubrimiento en la celeridad de los juicios?
Sí. Según la ley NY, los tribunales suelen considerar que la acusación no está preparada para el juicio a menos que presente un certificado de conformidad válido.