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New York Abogado defensor de órdenes de alejamiento
Impugnación de órdenes permanentes - Desacato penal por incumplimiento
Una Orden de Protección contra la violencia doméstica puede ser tan mala o peor que los cargos penales. Las duras restricciones pueden arrastrarte como un ancla y crearte más problemas legales si te acusan de violar la orden.
En el Brill Legal Group, lucharemos tanto por una orden de protección permanente como temporal o abogaremos por condiciones razonables y limitadas. Lucharemos para que vuelva a su casa y para que no le separen de sus hijos.
Nuestra abogados penalistas llevamos casos de violencia doméstica en Nassau County, Suffolk County y en todo New York City. Llámenos hoy para una consulta gratuita.
Suffolk 631-204-8254 - Manhattan 212-233-4141 - Nassau 516-206-2002
Teléfono gratuito 888-315-9841
Órdenes permanentes de protección
Cuando se detiene a una persona acusada de cargos por violencia doméstica como agresión, acoso o acecho, el juez suele dictar una orden de protección temporal ("orden de alejamiento") como condición para la puesta en libertad:
- Tipo II (Limitado o "No acosar") - Se le puede permitir volver a casa, con órdenes de no volver a agredir, amenazar, acosar o acechar al denunciante.
- Tipo I (alejamiento total): no puede tener contacto alguno con la presunta víctima, ya sea en persona, por teléfono o por correo electrónico. Pueden echarle de su propia residencia y prohibirle el contacto con sus hijos, o permitirle únicamente visitas supervisadas.
Posteriormente, el tribunal determinará si procede mantener estas restricciones como orden de protección permanente. Nuestros abogados intentarán convencer al juez (a) de que una orden de protección no es necesaria o (b) de que cambie la orden de alejamiento por restricciones más limitadas que permitan el acceso a sus hijos y la posibilidad de reconciliación. Si es necesario, lucharemos por una audiencia en la que el Fiscal del Distrito tendrá que demostrar que el demandante teme por su seguridad antes de que se emita una orden de protección.
Infracciones de las órdenes de protección
Violar una orden temporal o permanente es un desacato penal con la posibilidad de penas de cárcel y otras restricciones. Estas acusaciones son a menudo infundadas, utilizadas para sacar ventaja en un caso de divorcio o custodia o simplemente para hacerle la vida imposible. Pero la policía casi siempre procederá a la detención.
Hemos ganado estos casos, pero son difíciles. Como se trata de una orden judicial que se le acusa de violar, los jueces no suelen estar muy contentos, pero hay maneras de vencer estos cargos. Trabajamos para demostrar que la acusación es falsa o vengativa, o proporcionar una coartada o una explicación de lo sucedido. Si violó la orden, trabajamos para demostrar que la víctima inició el contacto, que la violación no fue intencionada, o que usted no tenía mala intención, para que no se le castigue severamente por ello.
La representación experimentada que necesita
Peter Brill es un ex fiscal de Long Island con más de 10 años de experiencia en la defensa de la violencia doméstica. Póngase en contacto con nuestra oficina Hauppauge para un consulta inicial gratuita. También tenemos oficinas en Hempstead y Manhattan. Nuestros teléfonos se atienden 24 horas al día, 7 días a la semana, 365 días al año.
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