¿Cuáles son las penas por acoso según la ley New York?

Según la ley New York, la pena para una condena por un delito grave de clase D por el delito en primer grado de acecho es un máximo de siete años de prisión. La ofensa de segundo grado es un Delito Grave de Clase E para el cual el castigo es encarcelamiento por un máximo de cuatro años. Un ejemplo de un delito grave de clase E es la escucha, que incluye la escucha telefónica, la escucha de una conversación a través de medios mecánicos, o la interceptación o el acceso a una comunicación electrónica.

En determinados casos de acoso, los delincuentes pueden enfrentarse a la suspensión y revocación de su licencia de armas de fuego. También existen penas de delito menor y delito grave para el delito de difusión de una imagen de vigilancia ilegal en primer y segundo grado.

Otras preguntas frecuentes sobre defensa penal:

Servicios

Contacto

Póngase en contacto con nosotros hoy mismo para una consulta gratuita. Estamos a su disposición 24 horas al día, 7 días a la semana, y 365 días al año. 888-315-9841

Justo cuando me estaba desanimando y estaba al final de mi ingenio tratando de encontrar el abogado adecuado para mi caso, un miembro de la familia recomendó el Sr. Brill. Él no decepcionó. Sr. Brill y su equipo son diligentes, muy profesional, alentador y honesto en cada paso del camino. Altamente recomendado.

- A.S.